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Preocupa falta de recursos para implementar nuevo código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

La publicación, este miércoles, del nuevo código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares preocupa a diversos presidentes de poderes judiciales del país, pues la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), no otorga recursos para poder implementar el nuevo marco legal.

De acuerdo con la publicación del DOF, los órganos judiciales del país deberán ajustarse a nuevas estructuras judiciales, lo que implicará contrataciones, de personal, compra de materiales y equipos, pero los legisladores federales no ordenaron la obligación del gobierno federal o de los gobiernos estatales, de dotar a los Poderes Judiciales de Recursos para ello.

Incluso, el martes, presidentes de los poderes judiciales de la República sostuvieron un encuentro de trabajo con diputados integrantes de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública del Congreso de la Unión, con el objetivo de concientizarles sobre las problemáticas para implementar adecuadamente el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. 

En su intervención, la presidenta del Poder Judicial de Querétaro, Mariela Ponce hizo ver que se estaba a tiempo para modificar el artículo sexto transitorio de dicho Código. 

Sin embargo, dicho llamado no fue atendido y la reforma se publicó este miércoles.

La solicitud de los Poderes Judiciales es que la Federación asigne recursos durante los cuatro años que se contemplan para poder llevar a cabo la implementación del nuevo esquema.

Ello, debido a que en su redacción actual se deja solo a los presupuestos estatales, cuando el nuevo Código es producto de la exclusiva del Congreso de la Unión para crear una codificación procesal única.

Además, Ponce Villa demandó que se permita la creación de nuevos cargos, construcción de infraestructura, equipamiento de salas de audiencias e inversión en capacitación, para que la justicia pronta y expedita en materia e instó a modificar dicho artículo transitorio para que la reforma no sea solo de papel.

“Sin recursos asignados a los estados por parte de la Federación, los poderes judiciales no podrán implementar una reforma tan necesaria y de gran trascendencia para la justicia cotidiana”, dijo. 

Qué dice el Artículo Sexto. 

En el caso de la Federación, la Cámara de Diputados, tomando en cuenta la estimación de ingresos aprobados para cada ejercicio fiscal, y con base en los principios de austeridad, eficiencia, eficacia y economía, contemplará en los ejercicios fiscales posteriores a la publicación del presente Decreto, una asignación de recursos presupuestarios para el cumplimiento del presente Decreto.

Para efectos de lo anterior, el Poder Judicial de la Federación, al elaborar su proyecto de presupuesto de egresos anual, deberá observar los criterios generales de política económica, en los términos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demás disposiciones aplicables.

Los Congresos Locales, en el ámbito de sus atribuciones, aprobarán los recursos presupuestarios correspondientes para los Poderes Judiciales de las Entidades Federativas, para el cumplimiento del presente Decreto.

En todo caso y siempre que proceda, las adecuaciones a las estructuras orgánicas, ocupacionales y salariales que se deriven de la ejecución del presente Decreto, deberán realizarse mediante movimientos compensados y no deberán incrementar el presupuesto regularizable de servicios personales.