Diputados federales buscan que pasantes de medicina puedan prescribir estupefacientes, por lo que ya se ingresó una iniciativa para modificar la Ley General de Salud.
La propuesta busca facultar a los pasantes de medicina que realizan servicio social o prácticas profesionales en instituciones públicas del Sistema de Salud para prescribir estupefacientes con fines terapéuticos y dentro del ámbito de competencia autorizado por la respectiva dependencia.
El documento establece que toda prescripción por parte de los pasantes requerirá de una valoración, diagnóstico y prescripción inicial realizada por un médico cirujano legalmente autorizado.
Los estudiantes en formación únicamente podrán emitir recetas subsecuentes, de continuidad terapéutica o de seguimiento clínico conforme al tratamiento establecido de manera previa, bajo la supervisión y responsabilidad de un médico adscrito autorizado.
Asimismo, la modificación legal estipula como requisitos que los pasantes cuenten con capacitación certificada en farmacología clínica, prescripción de opioides y prevención de farmacodependencia.
La emisión de recetas se realizará mediante sistemas institucionales de control y trazabilidad autorizados por la autoridad sanitaria.
Esta facultad que se busca otorgar a los pasantes está limitada a unidades médicas ubicadas en zonas rurales, marginadas o con insuficiencia de personal, y se sujetará a los lineamientos, cantidades máximas, temporalidad y tipos de estupefacientes que determine la Secretaría de Salud.
El documento señala “que en contextos rurales y comunitarios la falta de médicos adscritos genera interrupciones en tratamientos para pacientes con dolor oncológico, cuidados paliativos, padecimientos postquirúrgicos, enfermedades degenerativas, lesiones traumáticas o enfermedades crónicas” argumenta la iniciativa.
El texto aclara que la reforma no otorga facultades para la prescripción autónoma ni amplía de forma general las funciones de los pasantes, sino que introduce un principio restrictivo y subordinado.
La propuesta plantea una diferenciación entre la decisión terapéutica inicial, que permanece como competencia del médico titulado, y la continuidad del tratamiento ya establecido, la cual podrá ejecutar el pasante bajo supervisión institucional para regular estas acciones y mantener los mecanismos de vigilancia sanitaria.
