

El IEEQ votará este jueves en sesión del Consejo General que se llevará a cabo en este proceso ciudadano.
En el caso de la solicitud interpuesta por el Gobierno Municipal de Querétaro respecto al proyecto del teleférico de Menchaca, el proceso de consulta ciudadana se rige por los siguientes puntos, establecidos en la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Querétaro.
El plebiscito se aplica a actos, propuestas o decisiones de los Ayuntamientos u organismos de la administración pública municipal que se consideren trascendentes para la vida pública del municipio. El proyecto del teleférico de Menchaca debe ser calificado bajo este criterio.
En el proceso solo podrán participar los ciudadanos que tengan credencial de elector que acredite su domicilio en la entidad
También el IEEQ difundirá a los ciudadanos los argumentos a favor y en contra del acto objeto de consulta. Esto puede incluir la organización de debates o mesas de discusión para informar a la ciudadanía sobre la trascendencia de los posibles resultados
El resultado final del plebiscito tendrá uno de dos efectos: Vinculatorio (Obligatorio), es decir, participa al menos el 40% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores de la Entidad, y la mayoría se manifiesta en un sentido, por lo que la autoridad municipal está obligada al cumplimiento del resultado (aprobación o rechazo).
El otro sería Indicativo (No Obligatorio) si no se alcanza el porcentaje mínimo de participación del 40% entonces la opinión manifestada por los ciudadanos no es obligatoria para la autoridad municipal

