•El Congreso de Querétaro deberá homologar la ley y no castigarlo.
Derivado de una serie de amparos de organizaciones sociales y defensoras de los derechos de las mujeres, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) concluyó que el apartado del Código Penal Federal que criminaliza el aborto ya no tendrá efectos.
Por lo tanto, a ninguna mujer o persona gestante, ni al personal de salud, se le podrá castigar por abortar; lo que en otras palabras implica la despenalización total del aborto en todo el territorio mexicano.
Diversas organizaciones encabezaron una estrategia jurídica nacional y presentaron diversos recursos de amparos para eliminar el delito de aborto autoprocurado y consentido en todos los códigos penales del país.
“Con base en la sentencia sobre la inconstitucionalidad del delito de aborto en el Código Penal de Coahuila resuelta por unanimidad por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en septiembre de 2021, GIRE presentó un amparo contra el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal por haber emitido una regulación que criminaliza el aborto”, informaron las organizaciones.
Con esta resolución, IMSS, ISSSTE, PEMEX y cualquier institución de salud federal deberán brindar el servicio de aborto a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar que lo soliciten.
Además, el personal médico de las instituciones federales de salud no podrá ser criminalizado por brindar este servicio de salud. Asimismo, la Corte ordenó que se elimine el delito de aborto en el Código Penal Federal.
Al haberse aprobado por unanimidad, esta sentencia se vuelve obligatoria para todas y todos los jueces locales y federales, quienes tendrán que implementar lo dicho por la Corte.
“Desde GIRE confiamos en que las entidades del país, cuya legislación aún obstaculiza la autonomía reproductiva, tomen en cuenta los criterios del máximo tribunal de justicia a fin de garantizar el derecho a decidir de las mujeres y personas con capacidad de gestar”. se lee en el comunicado.